Caso Testamento: Corte de Apelaciones de Valdivia dejó firme condena de 5 personas que en 2018 intentaron falsificar el testamento de una anciana de Traiguén

La  Segunda Sala de Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó la sentencia obtenidas por la Fiscalía de Temuco en contra de Ricardo Barría Dillems, Ana Herrera Darwitg, Ana Méndez Estrada, Jaime Sufán Salazar y Juan Burgos Garrido, por su participación en la falsificación del testamento de una anciana mientras agonizaba en la UTI de una clínica, el 7 de febrero de 2018.

El fiscal que llevó el caso a juicio, Miguel Rojas Thiele, explicó que el tribunal de alzada rechazó cada uno de los recursos de nulidad presentados por las defensas de los condenados.

“Esto significa que la sentencia queda firme y ejecutoriada, es  una sentencia respecto de la cual ya no procede recurso alguno”, detalló el persecutor, quien recordó que “estas cinco personas condenadas, previamente concertadas al afecto aprovechándose de que la causante Lidia Villiger vivía sus últimos momentos, que no estaba consciente y que no tenía la capacidad para decidir intentan falsificar un testamento, intentando también generar un perjuicio en cada uno de los beneficiarios del testamento que válidamente ella había otorgado años antes”.

Por estos hechos, el 27 de marzo de 2021 el Tribunal Oral de Temuco condenó en costas a Ricardo Barría Dillems, Ana Herrera Darwitg, Ana Méndez Estrada, Jaime Sufán Salazar y Juan Burgos Garrido a cumplir una pena de 41 días de presidio por el delito frustrado de falsificación de instrumento privado y a otra pena de 61 días de presidio por el delito consumado de falso testimonio en materia no contenciosa.

Además, Ricardo Barría Dillems fue condenado a la pena de 61 días de presidio por el delito de presentación, a sabiendas, de documento falso en juicio civil, cometido en la comuna de Traiguén el día 6 de abril de 2018.

La sentencia del Tribunal Oral de Temuco que fue confirmada por la Corte de Valdivia le otorgó a los cinco condenados la pena sustitutiva de remisión condicional por el lapso de un año.

Be the first to comment

Deja un comentario