Municipalidad de Panguipulli aprueba ordenanza que prohíbe la circulación de vehículos motorizados en lagos Calafquén, Pellaifa y Pullinque

Lago PellaifaSe excluye de esta restricción a vehículos acuáticos de uso ocasional como de Emergencias, Servicios públicos, para efectos de ejercer fiscalización, inspección o levantamiento de datos, y de Investigación científica.

Este martes, el Concejo Municipal y el Alcalde de Panguipulli, Pedro Burgos Vásquez, aprobaron con 5 votos a favor y 1 abstención la ordenanza municipal que prohíbe la circulación de embarcaciones o vehículos motorizados en los lagos Calafquén, Pellaifa y Pullinque.

El alcalde de Panguipulli, Pedro Burgos Vásquez, señaló que “el Concejo Municipal aprobó la ordenanza que impide la navegación a motor en el lago Calafquén, Pellaifa y Pullinque. Esta es una ordenanza producto de un trabajo que se viene realizando hace un tiempo donde había un rol importante de las autoridades ancestrales de la Cuenca del lago Calafquén, desde el sector de Huitag a Coñaripe. Siempre hubo altura de miras para llegar a este documento que fue aprobado el día de hoy”.

“La prohibición de navegaciones a motor no afecta a vecinos y vecinas que ejecutan actividades comerciales temporales ya sea durante el verano o alguna otra época del año. La navegación de embarcaciones a motor desde el punto de vista de la sustentabilidad, de una comuna como Panguipulli planteada desde el cuidado que tenemos que tener de los recursos hídricos, es una señal técnica y política de la disposición del alcalde que está en este momento y del Concejo Municipal, respecto a avanzar en la medida que nuestra legalidad lo permita. Creemos que más que ser restrictiva, es una oportunidad y eso se suma al trabajo que estamos haciendo con los humedales, el trabajo con los vecinos para el retiro de basura en Coñaripe, todos estos temas están englobados en la sustentabilidad de la comuna de Panguipulli y qué mejor que hacerlo dialogando, conversando como corresponde hacer las cosas en nuestro territorio”, agregó la autoridad comunal.

Es así como la ordenanza indica en su artículo 2º que regula la navegación de embarcaciones a motor por los siguientes lagos y sus afluentes: Calafquén, Pellaifa y Pullinque, prohibiendo el desembarco, circulación y navegación de toda clase de embarcaciones que funcionen en base cualquier tipo de combustible hidrocarburo tales como; diésel, gasolina y kerosene. Excluyéndose de esta restricción vehículos acuáticos de uso ocasional como de Emergencias, Servicios públicos, para efectos de ejercer fiscalización, inspección o levantamiento de datos, y de Investigación científica, lo que debe ser consensuado previamente con la comunidad y cuyos resultados deberán ser informados al municipio de Panguipulli.

También es importante destacar que la ordenanza autoriza la circulación de vehículos y/o embarcaciones comerciales de los contribuyentes que se dediquen formalmente al desarrollo de actividades económicas vinculadas a estos cuerpos de agua y que se desarrollen de manera esporádica, específicamente en temporada alta o temporada estival. Quienes para poder transitar en estos cuerpos de agua deberán contar con autorización de la máxima Autoridad comunal, el trazado de la navegación debe estar aprobado por las autoridades ancestrales, que habitan en los lagos objeto de la presente regulación, autorización de la Autoridad Marítima y Patente Municipal vigente y sin deuda.

La Fiscalización de la ordenanza corresponderá a la Armada de Chile, a través de su Capitanía de Puerto Lago Panguipulli, mientras que la infracción a lo dispuesto será sancionada con una multa de 3 UTM y en caso de que la infracción sea reiterada se aplicará una multa de 5 UTM. No obstante, las autoridades ancestrales podrán evaluar una reparación comunitaria para quien vulnere la decisión de resguardo, de acuerdo con la normativa correspondiente.

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