FENATRAMA CELEBRA FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL QUE PROTEGE LA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL

Edificio del Tribunal Constitucional donde se debaten normativas sobre protección ambiental
⚡ Puntos Clave de la Noticia:
  • El TC declaró inconstitucionales artículos que otorgaban indemnizaciones automáticas a empresas.
  • La medida evita el debilitamiento del sistema de evaluación ambiental y protege el interés público.
  • FENATRAMA destaca que el fallo fortalece la igualdad de condiciones y la credibilidad de los funcionarios públicos.

La organización gremial destacó la decisión del Tribunal Constitucional de declarar inconstitucionales los artículos 11 N° 4, 12 y 13 del proyecto de Reconstrucción Nacional, que establecían un derecho a indemnización para empresas ante la anulación judicial de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Luego de dos extensas jornadas de audiencias y alegatos, el Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar inconstitucionales los artículos 11 N° 4, 12 y 13del proyecto de Reconstrucción Nacional, que establecían el derecho a indemnización ante la anulación judicial firme de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

Desde la Federación Nacional de Trabajadoras y Trabajadores del Ministerio del Medio Ambiente (FENATRAMA) , una de las organizaciones que recibió el TC para entregar sus argumentos, valoraron la resolución, señalando que constituye un respaldo a la institucionalidad ambiental y evita el establecimiento de mecanismos que, a su juicio, podrían debilitarla.

“Valoramos la decisión del Tribunal Constitucional, porque representa un respaldo a la institucionalidad ambiental e impide su debilitamiento. Junto con ello, contribuye a garantizar que todos los actores que participan en el proceso de evaluación ambiental tengan igualdad de condiciones y derechos”, señaló el presidente de FENATRAMA, Francisco Cabrera.

El dirigente agregó que la decisión del TC tiene especial relevancia al impedir que se establezca un derecho a indemnización para las empresas cuando una RCA sea anulada judicialmente.

“Además, dicha resolución impide establecer un derecho a indemnización a las empresas cuando una RCA es anulada judicialmente, constituyendo una señal importante en defensa del interés público, la protección ambiental y el Estado de Derecho”, enfatizó Cabrera.

Otro punto destacado por FENATRAMA en este fallo considera el resguardo de la función pública, pues establecer al Estado como garante de proyectos que han sido rechazados en el proceso de evaluación ambiental habría generado una tensión adicional para las y los funcionarios, afectando su credibilidad y la confianza de la ciudadanía en las decisiones que adopta la institucionalidad ambiental, enfatizaron.

La organización gremial sostuvo que la protección del medio ambiente y el respeto de las decisiones de los tribunales deben mantenerse como elementos fundamentales del sistema institucional chileno.

Edificio del Tribunal Constitucional donde se debaten normativas sobre protección ambiental